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Una gratificación de licenciamiento. Esta será depositada en una cuenta de ahorros, en una entidad financiera nacional. |
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Pago por pasajes y viáticos
a su lugar de origen entendiéndose como tal
el lugar de inscripción. |
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Prendas de vestir de uso
civil (zapatos o zapatillas, pantalón y camisa). |
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Recibir sus documentos personales
de Licenciamiento. |
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Convalidar estudios de educación superior tecnológica de acuerdo a la Ley General de Educación, sus reglamentos y la normativa vigente. Para tal efecto, el Ministerio de Educación brinda el asesoramiento y capacitación necesarios a los directivos y profesores de los Centros de Educación Técnico Productiva (CETPRO) e Institutos Superiores Tecnológicos a cargo del Ministerio de Defensa. Con tal finalidad, los Ministerios de Educación y de Defensa firmarán los convenios específicos respectivos |
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Recuperar los derechos que le correspondían en el sistema o régimen de prestación de salud al que pertenecía antes de su incorporación al Activo, sin que le sean exigibles las aportaciones por el período de prestación del Servicio Militar. |
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Reservar la vacante respectiva hasta el semestre académico siguiente al licenciamiento, si el que cumple el Servicio Militar ingresa a una universidad, sea pública o privada |
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Una constancia de haber cumplido el Servicio Militar |
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Una bonificación del diez por ciento(10%) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes |
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Una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) de la nota final, si postula a las Escuelas de Formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. Con tal fin, los Ministerios de Defensa y del Interior adoptarán las acciones correspondientes |
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Descuento del cincuenta por ciento (50%) del monto de pago de los derechos de inscripción y del veinticinco por ciento (25%) del monto por concepto de ingreso a las Escuelas de Formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú |
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Descuento del veinticinco por ciento (25%) en el pago de los derechos de inscripción e ingreso a las instituciones de educación superior pública, universitaria y no universitaria, previo convenio |
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Prioridad en el acceso a puestos de trabajo a través de los Programas de Empleo y Formación Profesional, conforme a los convenios de cooperación que el Ministerio de Defensa deberá celebrar con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo |
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Ingreso a los servicios de seguridad y vigilancia mediante los convenios que el Ministerio de Defensa celebre con el Ministerio del Interior, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y compañías de seguridad y vigilancia |
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Acceso a una línea especial de crédito, así como de otorgamiento de becas para los licenciados que ingresen a instituciones de estudios superiores, mediante los convenios que el Ministerio de Defensa realice con el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo (INABEC) |
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Acceso a la formación de micro y pequeñas empresas, así como a créditos, a través de convenios que el Ministerio de Defensa celebre con los Ministerios de la Producción, de Agricultura, de Trabajo y Promoción del Empleo o entes similares |
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Acceso a una línea especial de crédito de fomento a largo plazo, con el fin de propiciar el regreso a la actividad agropecuaria de los licenciados. Para ello, el Ministerio de Defensa debe realizar convenios con el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo |
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Acceso a descuentos especiales en las tarifas de pago de los derechos de inscripción, ingreso y pensiones de las instituciones de educación superior privada, universitarias y no universitarias. Con tal fi n, el Ministerio de Defensa debe celebrar los convenios respectivos |
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Acceso a becas de estudios en las universidades públicas, en un porcentaje no menor al cinco por ciento (5%) del total de ingresantes en cada proceso de admisión, a través de convenios entre el Ministerio de Defensa y la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Con igual finalidad, se celebrarán convenios con los representantes de las universidades públicas así como con los de las instituciones de educación superior pública |
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