Derechos y Beneficios del Servicio Militar Acuartelado:
  Costos
 BN - Banco de la Nación
  RENIEC
Servicio Militar Voluntario
   ::: Servicio Militar FAP:::
Alimentación diaria.
Asignación económica mensual que se incrementa gradualmente hasta alcanzar el diez por ciento (10%) de la Unidad Impositiva Tributaria, y que deberá ser establecida anualmente en el Presupuesto General del Sector Público.
Dotación de prendas completas según la región y estación.
Viáticos y pasajes en el servicio o en comisión del servicio.
Prestaciones de Salud, seguro de vida y servicio de sepelio.
Presentar solicitudes escritas o verbales ante la autoridad militar a cargo de la unidad o dependencia en que se desempeñan, con el objeto de manifestar cualquier situación de su interés.
Recibir educación básica, educación técnico-productiva o educación superior tecnológica en distintas especialidades, las que darán lugar a la obtención de la certificación o del título correspondiente a nombre de la Nación, reconocidos por el Ministerio de Educación, previa convalidación y/o continuación de estudios de ser el caso, de acuerdo con la Ley General de Educación y sus reglamentos respectivos. El reglamento de la presente Ley establecerá cuáles son las especialidades a que se hace referencia en el presente numeral y las instituciones de educación pública que brindarán matrícula en los niveles y modalidades señalados, previo convenio con el Ministerio de Educación.
Facilidades para iniciar, continuar y culminar estudios de educación universitaria en las instituciones educativas públicas, así como para ser considerados con la categoría más baja para los pagos correspondientes en instituciones educativas privadas
Descuento del cincuenta por ciento (50%) del valor de las entradas a museos, lugares históricos, culturales y a todo espectáculo público auspiciado por el Instituto Nacional de Cultura
Descuento del cincuenta por ciento (50%) del valor de las entradas a eventos deportivos organizados por el Instituto Peruano del Deporte
  Bonificación equivalente a diez (10) puntos sobre cien (100) en la nota final, para los postulantes a las Escuelas de Formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
Cincuenta por ciento (50%) de descuento en el monto de pago por derechos de inscripción e ingreso a las Escuelas de Formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
  Cincuenta por ciento (50%) de descuento en el monto de pago de los derechos por inscripción, ingreso y pensiones. Para ello, el Ministerio de Defensa firmará convenios con las instituciones de educación superior públicas y privadas, universitarias y no universitarias
Becas de estudios en las universidades públicas en un porcentaje no menor al cinco por ciento (5%) del total de ingresantes en cada proceso de admisión. Para tal efecto, el Ministerio de Defensa celebrará convenios con la Asamblea Nacional de Rectores. En igual sentido se celebrarán convenios con los representantes de las universidades públicas y con las instituciones de educación superior
Reserva anual del diez por ciento (10%) de las vacantes declaradas en las Escuelas de formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, las cuales serán cubiertas por personal procedente del Servicio Militar que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos por cada Institución Armada
Acceso a una línea especial de crédito para el personal de tropa, la cual será creada por el Banco de la Nación
Asistencia médica de salud en los Centros Hospitalarios del Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud (ESSALUD) y en los Institutos Armados. Apoyo de asistencia social
Un menor tiempo de servicio para los que sirvan en zonas declaradas en Estado de Excepción o zonas de frontera, de acuerdo con lo que establezca el reglamento de la presente Ley.
El Personal Licenciado del Servicio Militar Acuartelado tiene derechos y beneficios a:
Una gratificación de licenciamiento. Esta será depositada en una cuenta de ahorros, en una entidad financiera nacional.
Pago por pasajes y viáticos a su lugar de origen entendiéndose como tal el lugar de inscripción.
Prendas de vestir de uso civil (zapatos o zapatillas, pantalón y camisa).
Recibir sus documentos personales de Licenciamiento.
Convalidar estudios de educación superior tecnológica de acuerdo a la Ley General de Educación, sus reglamentos y la normativa vigente. Para tal efecto, el Ministerio de Educación brinda el asesoramiento y capacitación necesarios a los directivos y profesores de los Centros de Educación Técnico Productiva (CETPRO) e Institutos Superiores Tecnológicos a cargo del Ministerio de Defensa. Con tal finalidad, los Ministerios de Educación y de Defensa firmarán los convenios específicos respectivos
Recuperar los derechos que le correspondían en el sistema o régimen de prestación de salud al que pertenecía antes de su incorporación al Activo, sin que le sean exigibles las aportaciones por el período de prestación del Servicio Militar.
Reservar la vacante respectiva hasta el semestre académico siguiente al licenciamiento, si el que cumple el Servicio Militar ingresa a una universidad, sea pública o privada
Una constancia de haber cumplido el Servicio Militar
Una bonificación del diez por ciento(10%) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes
Una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) de la nota final, si postula a las Escuelas de Formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. Con tal fin, los Ministerios de Defensa y del Interior adoptarán las acciones correspondientes
Descuento del cincuenta por ciento (50%) del monto de pago de los derechos de inscripción y del veinticinco por ciento (25%) del monto por concepto de ingreso a las Escuelas de Formación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
Descuento del veinticinco por ciento (25%) en el pago de los derechos de inscripción e ingreso a las instituciones de educación superior pública, universitaria y no universitaria, previo convenio
Prioridad en el acceso a puestos de trabajo a través de los Programas de Empleo y Formación Profesional, conforme a los convenios de cooperación que el Ministerio de Defensa deberá celebrar con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Ingreso a los servicios de seguridad y vigilancia mediante los convenios que el Ministerio de Defensa celebre con el Ministerio del Interior, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y compañías de seguridad y vigilancia
Acceso a una línea especial de crédito, así como de otorgamiento de becas para los licenciados que ingresen a instituciones de estudios superiores, mediante los convenios que el Ministerio de Defensa realice con el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo (INABEC)
Acceso a la formación de micro y pequeñas empresas, así como a créditos, a través de convenios que el Ministerio de Defensa celebre con los Ministerios de la Producción, de Agricultura, de Trabajo y Promoción del Empleo o entes similares
Acceso a una línea especial de crédito de fomento a largo plazo, con el fin de propiciar el regreso a la actividad agropecuaria de los licenciados. Para ello, el Ministerio de Defensa debe realizar convenios con el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Acceso a descuentos especiales en las tarifas de pago de los derechos de inscripción, ingreso y pensiones de las instituciones de educación superior privada, universitarias y no universitarias. Con tal fi n, el Ministerio de Defensa debe celebrar los convenios respectivos
Acceso a becas de estudios en las universidades públicas, en un porcentaje no menor al cinco por ciento (5%) del total de ingresantes en cada proceso de admisión, a través de convenios entre el Ministerio de Defensa y la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Con igual finalidad, se celebrarán convenios con los representantes de las universidades públicas así como con los de las instituciones de educación superior pública
   

Horario de Atención LIMA: Lunes - Jueves 08:00 a 16:00 Hrs. / Viernes y Sábado 08:00 a 13:00 Hrs.

Horario de Atención PROVINCIAS: Lunes - Viernes de 08:00 a 14:30 Hrs. y Sábado de 08:00 a 13:00 Hrs

Atención al público en horario corrido para todos los trámites en el Registro Militar de la Fuerza Aérea del Perú. Entrega de documentos el mismo día.

El Llamamiento para el Servicio Militar Voluntario es permanente y puedes presentarte en cualquier fecha de año.

JOVEN PERUANO cumple con la Ley del Servicio Militar, inscribete en la Fuerza Aérea del Perú.

 
   ::: Gratis :::
   
Jefatura de Reserva y Movilización
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Telf. 477-1575 247-3472 Fax 247-3225
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